Martes, agosto 23, 2022

Subsecretaria de Hacienda: “reforma tributaria reduce brecha de género”

En seminario organizado por el COES

Subsecretaria de Hacienda: “Reforma tributaria reduce brecha de género”

  • En ese sentido, Claudia Sanhueza destacó la medida que permite deducir gastos por cuidados a personas con dependencia severa y a niños y niñas que tienen de 0 a 2 años.

La subsecretaria de Hacienda Claudia Sanhueza destacó que la reforma tributaria, actualmente en trámite en el Congreso, no solo se diseñó con “perspectiva de género”, sino que además “reduce la brecha de género”, con el aumento de impuestos a los sectores de más altos ingresos y medidas como la deducción de gastos por cuidados de la base imponible.

En el seminario “La política tributaria como herramienta para la igualdad de género”, organizado por el COES, en la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile, también participaron Alejandra Sepúlveda, presidenta de Comunidad Mujer, y Raquel Coello, especialista regional en Empoderamiento Económico-OMU Mujeres.

En el encuentro, Sanhueza se refirió a cómo “los sistemas tributarios pueden aumentar o reducir la desigualdad de género”. Por ejemplo, dijo, que “la tributación puede penalizar o beneficiar a ciertos sectores económicos masculinizados o feminizados”. Agregó que “puede afectar el consumo de hombres y mujeres de acuerdo a cómo se gravan ciertos productos, (…) “afectar la decisión de ofrecer o no su fuerza en el mercado laboral” y también “la intensidad del trabajo no remunerado que realizan”.  

La subsecretaria afirmó que si se revisan los datos del SII se puede advertir que la cantidad de contribuyentes en la parte más alta de los ingresos es baja, considerando el universo total de personas, y la baja participación de mujeres. De hecho, en los tramos más altos, solo se encuentran 62.901 contribuyentes. De ese total, solo el 20% corresponde a mujeres, mientras que el 80% a hombres.

Sanhueza explicó que el impuesto a la riqueza y el aumento de impuestos personales de los sectores de más altos ingresos tiene un efecto en la reducción de brechas de género, toda vez que las mujeres están subrepresentadas en esos sectores y tienen mayor participación en los tramos de más bajos ingresos. Adicionalmente, se incorporó la deducción de gastos por cuidado. A esto se agrega que se está orientando el gasto a beneficios para las mujeres.

Para Alejandra Sepúlveda, presidenta de Comunidad Mujer, “esto sin lugar a dudas es una buena noticia. Creo que al fin estamos en un momento en el que en el país de ha logrado instalar ciertas claridades respecto a brechas de desigualdad de género estructurales que acompañan a las mujeres en su ciclo de vida”.

Agregó que “los cuidados son una necesidad básica y universal, son un trabajo esencial porque a lo largo de nuestra vida, todos y todas vamos a necesitar cuidar y ser cuidados y también el autocuidado. Y el problema que hemos tenido es que históricamente es que esta ha sido una tarea no equitativa que asumen principalmente las mujeres de manera desproporcionada no remunerada y precarizada”. Señaló que este tema “hoy, está instalado, no solo en las conversaciones con más evidencia, sino que también en un programa de gobierno y en políticas públicas que permitan reconocerlo como una base, como un nuevo pacto social. Para que las mujeres tengan autonomía económica plena tiene que haber un reconocimiento, una redistribución del trabajo de cuidados no remunerados”.

Al respecto, Raquel Coello (ONU Mujeres) destacó que “uno de los elementos más innovadores de la perspectiva de género de esta reforma tributaria es el énfasis en los cuidados, que es un trabajo que, de manera remunerada o no, permite que el sistema funcione. Todas las personas cuando salimos a producir, hemos tenido de alguna manera tener resueltos los cuidados propios y de las personas que dependen de nuestros cuidados para sobrevivir”.

En su opinión, “la deducción misma por cuidados tiene este elemento innovador de reconocer el cuidado como un gasto necesario para producir el ingreso por el que se tributa. Conceptualmente, es una gran innovación explicitarlo de esa manera, porque como además se ha comentado, los cuidados son tan invisibles que uno no entiende ni reconoce que sea necesario esa inversión en tiempo, esa inversión en cuidados para poder producir y contribuir a la sociedad.

Deducción de gastos por cuidados

Según el texto de la reforma tributaria, serán deducibles los gastos por cuidados a personas con dependencia (discapacidad severa o profunda) y a niños y niñas entre 0 y 2 años.

Además, se entenderá gasto por cuidado los pagos realizados a centros de cuidado, salas cuna o establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM) y remuneraciones de servicios de cuidado a domicilio (trabajadoras de casa particular, kinesiología, fonoaudiología, terapia ocupacional, enfermería y prestaciones análogas).

Podrán deducir el gasto todas las personas afectas al Impuesto Único de Segunda Categoría o al Impuesto Global Complementario. En el caso de cuidado a menores entre 0 y 2 años, podrá hacerlo quien tenga la patria potestad (y los gastos de sala cuna no estén cubiertos por el empleador). Mientras que, en el caso del cuidado a personas con discapacidad severa o profunda, la persona que tenga esa responsabilidad.

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