Jueves, noviembre 13, 2025

Subsecretaria de Hacienda explicó ejes de la Ley de Cumplimiento Tributario a alumnos de la FEN de la Universidad de Chile

Heidi Berner detalló que el objetivo de esta ley es recaudar 1,5% del PIB (US$ 4.500 millones) en régimen, lo que se proyecta para 2028, reduciendo cerca de 25% la brecha de cumplimiento tributario.
“Como se promulgó el 24 de octubre de 2024, ya en el Presupuesto de la Nación 2025 se pudo incorporar recaudación de las medidas transitorias, equivalente al 0,37% del PIB; y en el proyecto de ley de presupuestos 2026, actualmente en trámite, se considera que aporte el equivalente a 0,73% del PIB”, explicó.

 

“Aunque parezca insólito, hubo que sacar una Ley de Cumplimiento Tributario para hacer cumplir las leyes tributarias, que permita contar con mejores herramientas a los servicios que son parte de la administración tributaria para cerrar brechas de evasión y elusión en el IVA, el Impuesto a la Renta y otros”, afirmó la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, en el conversatorio “El ciclo de vida del Contribuyente”, realizado en la Facultad de Economía y Negocios (FEN) de la Universidad de Chile.

La apertura estuvo a cargo del profesor titular de la FEN y exsubsecretario de Hacienda, Alejandro Micco, y en el conversatorio participaron el tesorero general de la República, Hernán Nobizelli; el defensor nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro; el subdirector de Asistencia al Contribuyente de Servicio de Impuestos Internos, Patricio Muñoz; y la directora nacional (s) de Aduanas, María Jazmín Rodríguez. Moderó Jaime Miranda, director de la Escuela de Sistemas de Información y Auditoría.

A la actividad —que convocó principalmente a estudiantes de la carrera de contador auditor y fue organizada en conjunto con Nexo Laboral— asistieron también Gonzalo Polanco, director del Centro de Estudios Tributarios; y Ariel La Paz, director del Departamento de Control de Gestión y Sistemas de Información. 

Berner detalló que el objetivo de la Ley de Cumplimiento Tributario es recaudar 1,5% del PIB (unos US$ 4.500 millones) en régimen, lo que se proyecta para 2028, reduciendo aproximadamente 25% la brecha de cumplimiento tributario. Con estos recursos se financiará la Reforma de Pensiones (1,2% PIB) e inversión en seguridad (0,3% PIB): “Como se promulgó el 24 de octubre de 2024, ya en el Presupuesto de la Nación 2025 se pudo incorporar recaudación de las medidas transitorias, equivalente al 0,37% del PIB; y para el proyecto de ley de Presupuestos 2026, actualmente en trámite, se considera un aporte el equivalente a 0,73% del PIB”. Hizo hincapié en que “las modificaciones contenidas en esta ley no incrementan la carga tributaria de los contribuyentes, sino que generan incentivos y mejoran las herramientas para que todos paguen lo que les corresponde”.

Nuevas herramientas

Entre las herramientas para combatir la evasión destacó el nuevo procedimiento de levantamiento expedito del secreto bancario en sede judicial (5 días), en casos en que el contribuyente no puede oponerse su levantamiento por originarse en fiscalizaciones a partir de información recabada según lo dispuesto en el artículo 85 ter del Código Tributario, sobre transferencias (obliga a las entidades financieras a proporcionar al SII información sobre la cantidad de abonos que reciban titulares personas naturales o jurídicas o patrimonios de afectación, con domicilio o residencia en Chile o que se hayan constituido o establecido en el país). También se puede usar este procedimiento expedito cuando existen inconsistencias de más de 2.000 UTM en los últimos 36 meses, o se incurra reiteradamente en infracciones graves tales como no llevar contabilidad, no exhibir los libros de contabilidad o inconcurrencia en la obligación legal de prestar declaración ante el Servicio de Impuestos Internos en los casos establecidos en la ley, donde se investiga la ocurrencia de delitos tributarios.

Mencionó el fortalecimiento de la Norma General Antielusiva definiendo claramente qué es evasión, abuso y simulación y regulando la interacción de esta con las normas especiales. Si bien el procedimiento se mantiene en sede judicial, se eliminaron los vacíos legales que obstaculizaban su aplicación, por ejemplo, en materia de prescripción, plazos, presentación de recursos y término probatorio.

“Además, se consagra la figura del denunciante anónimo en la persecución de delitos tributarios, quien podrá acceder a una recompensa por el 10% de las multas aplicadas con ocasión del delito tributario, siempre que el impuesto defraudado sea superior a 100 UTA ($83,5 millones aprox.), entre otros requisitos”, dijo.

La autoridad consignó la nueva figura de colaboración sustancial para perseguir de forma más eficaz asociaciones de contribuyentes para la comisión de delitos tributarios y el aumento de las penas asociadas a delitos tributarios graves, así como la creación de tipos penales para quienes emiten facturas falsas o realizan acciones dolosas para evitar el pago de impuestos.

En cuanto a información de transferencias, los bancos deberán informar al SII respecto de quienes reciban 50 o más transferencias de personas distintas dentro de un mismo día, semana o mes. La información se entregará de forma semestral e incluirá si la persona recibió más 50 transferencias en uno o más de los meses de dentro del semestre informado; y se informará el monto agregado de las operaciones reportadas, lo que permite focalizar correctamente las acciones de fiscalización. “Como esta norma se traduce en un reporte semestral, el primero se recibió en julio de este año y, por tanto, las primeras fiscalizaciones se desarrollarán dentro de este segundo semestre. El primer reporte dio cuenta de 165.000 contribuyentes (72% personas y 28% empresas), que cumplieron los requisitos para ser informados (recibir más de 50 transferencias de personas distintas en un mismo día, semana o mes) por un monto total que supera los $15 billones”, destacó Berner.

Luego abordó las medidas contra la informalidad, entre las que destacan: exigir inicio de actividades por parte de quienes ofrecen portales de pago, máquinas POS y a operadores de plataformas de comercio digital; y por parte de las instituciones financieras para autorizar créditos.

“La eliminación de la exención de IVA en la importación de pequeños paquetes (de menos de US$ 41), que empezó a regir el 24 de octubre de este año es relevante para combatir la competencia del comercio informal. Y la obligación a vendedores habituales de bienes usados de identificar a sus proveedores a través de documentos tributarios busca poner trabas al comercio de bienes ilícitos”, indicó.

Respecto de transacciones en efectivo, la Ley establece que las operaciones de compra y venta de bienes superiores a 135 UF ($5.351.000) pagadas con billetes deben respaldarse en documentos que permitan la individualización del pagador.

En el caso de la Tesorería General de la República, las normas de cobranza se modernizaron para que las acciones puedan ser ejercidas más oportunamente, asegurando el interés fiscal cuando las obligaciones tributarias incumplidas estén en etapa de ejecución.

Entre las medidas para las pymes destacan:

  • Una nueva fórmula para la determinación de intereses aplicados a las deudas tributarias pasando a un interés diario y a una tasa de mercado.
  • Acceso de forma permanente a convenios de pago con Tesorería a un plazo de hasta 18 meses, sin intereses y con un pie de no más del 5% de la deuda.
  • Se declararán, por única vez, la incobrabilidad y prescripción de las acciones de cobro de las deudas con una antigüedad superior a 10 años.
  • Incorporación dentro de las facultades de la Dedecon de la representación de las pymes ante la Tesorería y Aduanas y no solo el SII.

Por otro lado, la Ordenanza de Aduanas —que llevaba más de 10 años sin una revisión integral—, se modificó para armonizar normas respecto de procedimientos administrativos y judiciales; se agilizaron los procedimientos para la donación o destrucción de mercancías abandonadas a fin de descongestionar almacenes; se introdujeron sanciones atendibles a nuevas conductas reprochables; y se mejoró la forma de aplicación de sanciones en pro de lograr un efecto disuasivo.

“Sabemos que es imposible eliminar por completo las brechas de cumplimiento tributario —de hecho, existen en todas las jurisdicciones—, pero era nuestro deber abocarnos a disminuirla porque el país requiere mayores ingresos para financiar con responsabilidad fiscal nuevas necesitades. Además, la persecución de la evasión tributaria es importante para mantener la moral tributaria de la población; para que la gran mayoría de contribuyentes que paga sus impuestos vea que la administración tributaria persigue a quienes cometen delitos.  Los llamo a cumplir, en todas las actividades que realicen, sus deberes como contribuyentes”, concluyó la subsecretaria.

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