Coordinador de Mercado de Capitales de Hacienda destaca aprobación final de proyecto que regula tratamiento tributario de instrumentos financieros derivados
El coordinador de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, Pablo Correa, destacó hoy la aprobación final por parte del Congreso Nacional del proyecto de ley del Ejecutivo que regula el tratamiento tributario de los instrumentos financieros conocidos como derivados.
“Este proyecto viene a resolver la incertidumbre tributaria del mercado, con lo que debiésemos ver un incremento importante en la cantidad de participantes, volúmenes y transacciones” de este tipo de instrumentos, dijo Correa.
Con 70 votos a favor, sólo tres en contra y 10 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó ayer —en su tercer y último trámite constitucional— las enmiendas introducidas por el Senado a este proyecto.
De esta forma, este cuerpo legal será remitido ahora al Presidente de la República, Sebastián Piñera, para su próxima promulgación como Ley de la República.
En lo sustancial, la iniciativa tiene como propósito regular el tratamiento tributario de los instrumentos derivados, como las opciones y coberturas cambiarias, que actualmente no cuenta con reglas claras y sólo son regulados a través de circulares e interpretaciones administrativas del Servicio de Impuestos Internos (SII).
El coordinador de Mercado de Capitales de Hacienda afirmó que la aprobación final de esta norma “es clave para hacer que el mercado sea accesible para un mayor número de empresas que se ven expuestas a riesgos de fluctuaciones en el tipo de cambio o las tasas de interés”.
Pablo Correa explicó que actualmente el acceso a este tipo de instrumentos financieros está concentrado en las grandes empresas, agregando que con este proyecto “esperamos masificar el mercado, facilitando especialmente la participación de las pequeñas y medianas empresas (Pymes)”.
“Esto es especialmente importante dado el ambiente de volatilidad e incertidumbre existente en los mercados financieros externos”, sentenció Correa.
Según el texto, se entenderán como contratos derivados, además de los de forwards, futuros, swaps, opciones y combinaciones de éstos, todos aquellos que cumplan las características que se señalan y los que sean reconocidos como tales por las superintendencias de Valores y Seguros (SVS), de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), de Pensiones o el Banco Central de Chile.
La iniciativa también obliga a los contribuyentes que celebren contratos de derivados a informar de sus operaciones al Servicio de Impuestos Internos, en la forma y plazo que éste establezca, estableciéndose sanciones por su incumplimiento.